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  • Lili Ambroggio

“Con esta media sanción contribuimos para que más de 8 millones de inquilinos accedan a la vivienda"

Luego de cuatro años y varios intentos de llegar al recinto, la ley de alquileres que propone modificar el art. 75 del Código Civil y Comercial de la Nación sobre contratos de locación, se aprobó con 191 votos afirmativos y 24 abstenciones, obteniendo media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación.



En ese marco, el diputado nacional Ramiro Fernández Patri, celebró la votación afirmativa del proyecto y señaló que “más de 8 millones de inquilinos viven en la Argentina, con esta media sanción contribuimos para que puedan acceder a su vivienda. Esto es lo que nuestro futuro gobierno nacional hará: otorgar un derecho, donde hay una necesidad.”

Asimismo, agregó que “como justicialista es un gusto votar leyes que otorgan derechos a eslabones de cadenas que muchas veces, son los más débiles y perjudicados, como los inquilinos, ante una escasez en la oferta habitacional que tiene nuestro país.”



Si bien es una ley que genera posiciones encontradas entre las partes involucradas, remarcó Fernández Patri, en las comisiones estuvieron presentes todos los sectores y se logró un consenso muy complejo obtenido durante cuatro años de debate. “Hay que tener presente que más de 8 millones de argentinos viven en viviendas alquiladas y la relación entre locador y locatario es desigual, por eso esta ley propone equilibrar las relaciones entre ambas partes y corregir los abusos que se producen,” puntualizó el legislador.


Sobre los cambios que introduce el proyecto, Fernández Patri detalló que propone extender el plazo mínimo de locación de 2 a 3 años, actualizar el monto sólo una vez al año y como la ley prohíbe la indexación, actualizar el monto teniendo en cuenta un promedio de inflación y RIPTE (aumento de salarios).



En cuanto a las garantías afirmó el diputado nacional, el proyecto establece ampliar el menú de opciones incorporando certificados de ingresos, como un aval bancario, un recibo de sueldo, entre otros. “El inquilino propone dos garantías y el propietario elige una de ellas. Asimismo, las expensas extraordinarias las paga el propietario y se obliga el registro impositivo del contrato para que el inquilino lo pueda descontar de impuesto a las ganancias.”


Por último, Fernández Patri afirmó que el texto crea el programa nacional de alquiler social e incluye la posibilidad de que el inquilino pueda abandonar el inmueble avisando con un plazo de tres meses, sin tener que pagar un costo adicional. Así como también, pagar solo un mes de depósito que al ser devuelto debe ser actualizado de la misma manera en que se actualizó el valor del alquiler, finalizó.



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